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“La que no es culpable en sí es la IA, es la entidad que usó dicha IA”

El pasado 1 de mayo, el gobierno peruano aprobó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA) 2026-2030, una norma que obliga a las entidades públicas a usar algoritmos para reducir la burocracia. Analizamos sus alcances legales con el abogado Fredy Eusebio, especialista en propiedad intelectual.

Freddy Eusebio, abogado especialista en propiedad intelectual.
  1. ¿Cómo se alinea la IA para defender al ciudadano ante cobros abusivos o discriminación? ¿Quién responde si falla?

La ENIA no se ampara en el vacío; está respaldada por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, que exige que los métodos empresariales no tengan sesgos por género o edad. Indecopi puede sancionar a las empresas y exigirles explicar los criterios técnicos de sus algoritmos. Si el sistema falla, “la que no es culpable en sí es la IA, en sí es la entidad que usó dicha IA”. Funciona como una herramienta: si un banco realiza un cobro indebido, la sanción la asume la empresa por aventurarse a usarla.

  1. ¿Esta estrategia busca potenciar al trabajador estatal o desplazarlo?

Es un temor válido, pero la ENIA no busca intercambiar humanos por IA. Trata de educar y capacitar a los empleados en nuevas tecnologías para que no se abrumen ante el avance. La meta es automatizar procedimientos mecánicos que no requieren pensamiento crítico como llenar formularios o clasificar expedientes para reducir la carga burocrática.

  1. ¿Dónde termina la potestad del Estado para usar datos ciudadanos y dónde empieza el derecho a negarse?

Termina cuando se vulnera la protección de datos personales. Según la Ley 29733, toda persona puede negarse a que usen sus datos sin consentimiento. El Estado y las empresas deben pedir autorización antes de meter la información en una “licuadora algorítmica” para entrenar su IA. Los datos del DNI son sagrados y el Estado tiene prohibido usarlos sin una base legal explícita.

  1. Frente a la clonación de voz y deepfakes, ¿cómo se blinda el derecho de identidad en el ámbito civil?

Ante el uso de voz alterada con fines de fraude económico, no se recurre al ámbito civil, sino al penal. La Ley 32314 sanciona la manipulación de voz, imagen o audio con IA como un elemento agravatorio; escala a un delito informático de gravedad. Para las firmas digitales, se exigen rigurosas capas de autenticación con certificados digitales en empresas financieras y notarías.

  1. ¿Cuáles son los problemas, legales o aún sin regulaciones, más comunes de los ciudadanos y empresas con el uso de la IA?

El ciudadano común puede caer en desinformación y fake news en redes sociales, siendo los adultos mayores de 50 años los más propensos a ser engañados.

En las Mipes, el peligro es el “uso ciego” creyendo que la IA suple a un trabajador. Al tener fallas, puede redactar documentos incomprensibles o inventar información falsa. Un humano buscaría y verificaría los datos reales, evitando un perjuicio irreparable. La ENIA busca justamente evitar esto educando sobre su uso adecuado.

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